Señal de tránsito Animales salvajes errantes Lateral del triángulo 90 cm Clase 1 Fig. 25 Chapa de hierro galvanizada o pintada
Ten cuidado con la fauna como ciervos y jabalíes. Ideal para carreteras rurales, parques naturales y zonas boscosas. Garantiza visibilidad nocturna de Clase 1.
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Señalización de tránsito de animales salvajes errantes: seguridad y prevención
El cartel de "Animales Salvajes Callejeros", identificado por la Figura II.25 del Reglamento de Implementación del Código de Tráfico, es un dispositivo de seguridad esencial para advertir a los conductores de la posible presencia y cruce repentino de fauna en la carretera. Este cartel triangular, con su inconfundible pictograma negro sobre fondo blanco y borde rojo, representa un ciervo corriendo, símbolo universal de la presencia de animales como ciervos, jabalíes y corzos, en zonas de riesgo.
Diseñado para instalarse en áreas específicas con alta probabilidad de encontrar fauna, como parques naturales, reservas de fauna, zonas boscosas, montañosas o montañosas, el cartel de "Animales Salvajes Errando" es una herramienta valiosa para la prevención de accidentes. Ayuda a reducir el riesgo de derrapes, colisiones o frenadas bruscas, fomentando una conducción más cuidadosa y responsable.
Características técnicas del cartel de "Animales Errantes Salvajes"
Esta señal de advertencia está hecha de materiales de alta calidad para garantizar durabilidad y máxima visibilidad en todas las condiciones. Su forma triangular con un vértice ascendente y un lateral de 90 cm la hacen fácilmente distinguible, especialmente en carreteras no urbanas donde se utiliza con mayor frecuencia. La chapa de hierro galvanizada o pintada, con un grosor de 10/10 mm (1 mm), garantiza resistencia y resistencia a los agentes atmosféricos.
La película reflectante Clase 1 (RA1) garantiza una baja intensidad de reflexión pero cumple con la normativa actual para la visibilidad nocturna, asegurando que la señal sea perceptible incluso en condiciones de poca luz.
Instalación estratégica y posicionamiento
La instalación del cartel de "Animales Errantes Salvajes" es sencilla y funcional, gracias a los dos canales verticales en la parte trasera que permiten un montaje seguro en postes galvanizados. Es fundamental colocar la señal antes del tramo de la carretera afectada por el peligro, asegurando una visibilidad adecuada para que los conductores tengan tiempo de reaccionar. Puede integrarse con paneles adicionales que especifican la magnitud del peligro (por ejemplo, "durante 2 km") o indicaciones de tiempo ("precaución nocturna").
¿Por qué elegir nuestro cartel de "Animales Salvajes Callejeros"?
Optar por nuestro cartel significa elegir un producto que cumpla estrictamente con las normativas del Código de Tráfico (D.P.R. 495/1992). Su calidad de construcción y cumplimiento de las especificaciones técnicas lo convierten en una solución fiable para mejorar la seguridad vial, protegiendo tanto a los conductores como a la fauna. Es la opción ideal para organismos públicos, municipios, gestores de parques y empresas que operan en contextos rurales o naturales.
Preguntas frecuentes sobre el cartel de "Animales salvajes"
¿Cuál es la función principal del cartel de "Animales salvajes"?
Su función principal es advertir a los conductores de la posible presencia y el cruce repentino de animales salvajes en la carretera, como ciervos, jabalíes y corzos, para evitar accidentes.
¿Dónde se recomienda la instalación de este cartel?
Se recomienda instalarlo en zonas boscosas, montañosas o montañosas, en caminos que cruzan parques naturales, reservas de fauna, zonas rurales o cerca de corredores ecológicos, donde la presencia de fauna es frecuente.
¿Qué tipo de material se utiliza para la producción?
El cartel está hecho de chapa de hierro galvanizada o pintada, con un grosor de 10/10 mm (1 mm), y está cubierto con película reflectante de Clase 1 (RA1).
¿Cumple con las normativas del Código de Tráfico?
Sí, la señal cumple plenamente con la Figura II.25 del Reglamento para la Ejecución del Código de Circulación (Decreto Presidencial 495/1992, art. 96) y con las normativas de reflectividad.
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