Chapa metálica clase 1 Sisas Derecho de paso en calles de sentido único alternas, figura 45, dimensiones 60x60 cm sobre fondo az
Matrícula de Clase 1 en calles de sentido único alternas Señales temporales en obras de obras Seguridad en el trabajo
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Descripción general:
• Señalización de tráfico vertical de prescripción, fabricada en chapa reflectante de Clase 1, conforme a la figura II 45 del Anexo al Reglamento para la ejecución y aplicación del Código de Circulación (Decreto Presidencial 495/1992), que indica:
"Derecho de paso en calles de sentido único alternas"
• El cartel autoriza a los vehículos a circular con el derecho de paso por tramos de carretera de sentido único alternos, en presencia de estrechamientos temporales o permanentes.
Características técnicas:
• Figura: II 45 – "Derecho de paso en calles de sentido único alternas"
• Forma: Cuadrada
• Dimensiones: 60 x 60 cm
• Material: chapa metálica galvanizada en caliente o aluminio, espesor mínimo 25/10
• Película reflectante: Clase 1 – reflectividad estándar (adecuada para carreteras urbanas o tráfico moderado)
Gráficos:
• Flecha blanca apuntando hacia arriba (dirección con prioridad)
• Flecha roja hacia abajo (dirección que debe ceder)
• Fondo azul con borde blanco fino
• Acabado: Esquinas redondeadas y borde anti-corte para mayor seguridad
• Fijación: Agujeros estándar compatibles con trípodes, postes o soportes móviles
Función y uso:
• La señal Fig. II 45 se instala al inicio de un tramo de carretera con tráfico alterno para indicar que el conductor tiene prioridad sobre los vehículos que vienen en sentido contrario.
Contextos de uso:
• Obras de carreteras con calzada reducida
• Puentes de un solo carril
• Túneles estrechos
• Tramos urbanos o extraurbanos con tráfico temporalmente regulado
Debe instalarse en combinación con el cartel opuesto (fig. II 41 – "Ceda paso en calles de sentido único alternas") situado al otro lado del estrechamiento.
Cumplimiento normativo:
• Cumplir con el Código de Tráfico (art. 135 – Obligaciones en la alternancia de calles de sentido único)
• Cumple con la Figura II 45 del Decreto Presidencial 495/1992
• Película reflectante de clase 1 según la norma UNI EN 12899-1
• Fabricado para su uso en marcas viales verticales temporales o permanentes
CUADROS NO INCLUIDOS
